Dar baja a un consumidor

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    Las bajas pueden ser parcial o total por motivos de:

    • Traslado a otra oficoda
    • Fallecimiento
    • Salida al extranjero
    • Ingresos en centro penitenciario, hospitales, asilos.

    ¿Quién puede realizarlo?

    • Para realizar el trámite de baja en la OFICODA es requisito indispensable la presencia de un componente del núcleo con 16 años o más, extremo éste que se justificará a través de la presentación del carné de identidad y la libreta para producto alimenticios.

    ¿Qué documentos presentará?

    Consumidor que se traslada para otra oficoda:

    • Carne de identidad del compareciente
    • Si la baja se produce en una oficoda de La Habana, presentará también el carné de identidad de la persona de la cual se solicita la baja, actualizada por la dirección donde va a causar alta.
    • Libreta para productos alimenticios donde está inscrito el consumidor del que se solicita la baja.
    • Libreta de canastilla, en caso de poseerla.

    En caso de fallecimiento, salida al extranjero e ingreso en centro penitenciario, asilo y hospitales (de forma permanente).

    • Carne de identidad del compareciente
    • Libreta para productos alimenticios
    • Libreta de canastilla, en caso de poseerla

    Constitución de núcleo o reconocimiento de núcleo por cambio de domicilio:

    • Carne de identidad del compareciente
    • Carne de identidad, actualizado por la dirección de la vivienda donde se va a producir l alta, de todos los componentes del núcleo.
    • Modelo 6 de Baja de la Oficoda donde causó baja.
    • Libreta para productos alimenticios, si se trata de reconocimiento de núcleo por cambio de domicilio.
    • Algún documento que pruebe la ocupación legal de la vivienda, a nombre de la persona que solicita ser jefe de núcleo, emitido por la Notario.
    • Si el documento de la legalidad de la vivienda está a nombre de un menor de 16 años, además habrá que presentar el documento que acredita al solicitante como tutor del menor y el carné de identidad de dicho tutor actualizado por la dirección de la vivienda de la cual el menor es propietario.
    • Sello timbre por valor de $5.00
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