Modificación del RC

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    Cuando ocurra algún cambio en  los datos que implique una modificación del RC (traslado, cambio de actividad, de régimen, de dirección, de cuota, etc.),  el contribuyente debe personarse en la ONAT en la cual está inscrito para actualizarlos, en un término de treinta (30) días naturales. Para este acto presenta el RC-05 Identificación Fiscal Única y los mismos documentos solicitados para la inscripción (excepto los 30.00 pesos en sellos del timbre).

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