Planificación física

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    La persona interesada presenta su solicitud ante el funcionario de la Dirección Municipal de Planificación Física para ello presenta los siguientes documentos.

    • Escrito de solicitud personal que contenga los siguientes datos: nombres y apellidos, carné de identidad, dirección de la vivienda.
    • Sello de timbre por valor de 5.00 pesos.
    Término para dar respuesta: 10 días hábiles posteriores a su solicitud.

    Se emite para:

    • Acciones constructivas que ocupen suelo con carácter definitivo.
    • Edificación de nuevas viviendas.
    • Ampliación de las viviendas existentes.
    • Cualquier otra acción que implique modificaciones estructurales en viviendas individuales y en edificios multifamiliares.

    Para realizar la solicitud de la Licencia de Construcción las personas naturales deben presentar:

    • Escrito de solicitud personal que contenga los siguientes datos: nombres y apellidos, carné de identidad, dirección de la vivienda y tipo de acción constructiva que pretende ejecutar (obra nueva, ampliación, reconstrucción, remodelación, división, unificación).
    • Documento legal en el caso de nuevas construcciones (Resolución de Derecho Perpetuo de Superficie, propiedad del solar yermo o la Resolución de Cesión de azotea).
    • Título de propiedad de la vivienda para los demás casos.
    • Certificado de Regulaciones Urbanísticas que emite la DMPF.
    • 2 copias del Proyecto Ejecutivo que describa acciones constructivas a ejecutar, elaborado por el Arquitecto de la Comunidad u otra empresa de proyecto.

    Para realizar la solicitud de Licencia de Construcción por esfuerzo propio en fincas rústicas, propiedad de pequeño agricultor el interesado debe presentar, además.

    • Autorización del Delegado del Ministerio de la Agricultura y visto bueno de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños (ANAP).
    • Sello de timbre por el valor correspondiente.
      • $ 10.00 para obras nuevas, ampliación y remodelación de hasta 60 metros cuadrados totales.
      • $ 15.00 para obras nuevas, ampliación y remodelación de más de 60 metros cuadrados totales.

    Una vez realizada la solicitud y entregados los proyectos ejecutivos se reúne la comisión para la revisión de proyectos quién los evalúa y un término de 30 días hábiles  notifica al cliente en caso de no ser aprobado su proyecto.   

    Término para emitir la Licencia de Construcción: 30 días hábiles posteriores a la entrega del proyecto aprobado.

    Cualquier modificación del proyecto se consulta a la DMPF antes de ejecutarse la obra.


     

    Se emite para:

    • Obras menores externas a la vivienda.
    • Pintura y reparación en exteriores cuando se trate de edificios multifamiliares o viviendas ubicadas en zonas declaradas monumento nacional y vías principales definidas en el Plan General de Ordenamiento Territorial y Urbano.
    • Las que ocupen suelo temporalmente.
    • Acciones constructivas interiores a la vivienda que impliquen modificaciones a las redes hidrosanitarias.
    • Demoliciones y apuntalamientos totales o parciales, previo dictamen de la entidad facultada.
    • Modificaciones de fachadas.

    A la solicitud de la Autorización de Obra por las personas naturales se acompaña:

    • Escrito de solicitud personal que contenga los siguientes datos: nombres y apellidos, carné de Identidad, dirección de la vivienda y tipo de acción constructiva que pretende ejecutar.
    • Titularidad del inmueble (Propiedad de la vivienda).
    • Croquis o proyecto de acciones constructivas o de montaje a realizar, elaborado por la entidad facultada (Arquitectos de la Comunidad) o un familiar facultado para ello.
    • Sello de timbre por valor de 5.00 pesos.

      Término: 15 días hábiles.

    Cuando quede concluida la obra, la persona interesada lo solicita al funcionario de Planificación Física. Al solicitarlo sin concluir los términos de la Licencia de Construcción, es requisito indispensable para su otorgamiento que lo construido cumpla con lo establecido para ser considerada como una vivienda mínima adecuada, por lo que debe tener:

    • Acceso independiente.
    • Al menos tres locales: habitación, baño y cocina.
    • Superficie útil mínima de veinticinco (25) metros cuadrados.
    • Demás requisitos de habitabilidad que están En estos casos se da por terminada la vivienda y queda vigente la Licencia de Construcción, para continuar la obra como una ampliación.

     A la solicitud del Certificado de Habitable por las personas naturales se acompaña:

    • Escrito de solicitud personal que contenga los siguientes datos: nombres y apellidos, carné de Identidad, dirección de la vivienda.
    • Sello de timbre por valor de 5.00 pesos.
    • Licencia de Construcción.

    Término: 30 días hábiles a partir de la presentación de la solicitud.

    El Dictamen Técnico de descripción, tasación, medidas y linderos se emite por la DMPF, y las personas naturales presentan ante el funcionario de Planificación Física (OGTV):

    • Escrito de solicitud personal que contenga los siguientes datos: nombres y apellidos, carné de Identidad, dirección de la vivienda.
    • Titularidad del inmueble (Propiedad de la vivienda).
    • Documento Técnico con Levantamiento en planta, descripción del inmueble y cálculo de tasación, emitido por el Arquitecto de la Comunidad.
    • Sello de timbre por valor de 5.00 pesos.

     Término: 20 días hábiles.

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